Fondo de ahorro previsional

La Ley 19.162 establece que el Fondo de Ahorro Previsional (FAP) que administran las AFAP, constituido por aportes y rentabilidad de los afiliados se compone de dos Subfondos: un Subfondo de Acumulación y otro denominado Subfondo de Retiro.

Subfondo de Acumulación:

¿Cómo está compuesto y en qué se puede invertir?

Los aportes de los afiliados están la mayor parte del tiempo de la vida activa del trabajador en el Subfondo de Acumulación. A partir de los 55 años de edad del afiliado, se deberán transferir de forma gradual, parte de este acumulado al Subfondo de retiro.

Este subfondo puede invertirse en opciones que ofrezcan una rentabilidad esperada mayor y, en contrapartida, conllevan un nivel de riesgo un poco más alto.

¿En qué se invierte?

El Subfondo de Acumulación puede invertirse en instrumentos de deuda emitidos por el Estado Uruguay y el Banco Central del Uruguay, valores de empresas públicas o privadas, depósitos a plazo en instituciones financieras, valores de renta fija emitidos por gobiernos extranjeros u organismos internacionales de crédito de muy alta calificación crediticia, entre otros.

Subfondo de Retiro:

¿Cómo está compuesto y en qué se puede invertir?

Los recursos se pueden invertir en activos que tienen asociada una baja volatilidad de sus precios en el mercado financiero, lo cual deriva en un portafolio de inversión más conservador.

¿Cuál es el propósito de este Subfondo?

Brindar mayor seguridad: ésta se consigue a partir de la inversión en un fondo más conservador para los últimos años de la etapa activa del afiliado, suavizando la rentabilidad del saldo jubilatorio, de modo de proteger al afiliado en caso de posibles situaciones adversas del mercado financiero.

¿En qué se invierte?

El Subfondo de Retiro puede invertirse en instrumentos de deuda del Estado Uruguay o el Banco Central del Uruguay, depósitos a plazo en instituciones financieras, instrumentos de deuda de gobiernos extranjeros u organismos internacionales de crédito de muy alta calificación crediticia entre otros. Además, la ley establece la restricción que las inversiones deben ser de corto plazo, teniendo como plazo máximo (remanente) 5 años.

Por lo tanto, a medida que la persona se acerca a la edad de retiro, se produce un traspaso gradual de los fondos de la cuenta al Subfondo de Retiro, en donde se restringe la posibilidad de invertir en instrumentos financieros que tengan mayor riesgo.

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